Autor: Daniel Violante

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BITCOIN: Supera un valor nunca imaginado

R. Luis Calderón Bello

Con la llegada del bitcoin desde el 2012 al mercado, se sospecha aún de lo inestable que este puede llegar a ser.

El pasado 13 de marzo a las 6:34 A.M. hora de la Ciudad de México, el bitcoin superó por primera vez en su historia, llegando a los 60,197 dólares, según el CoinMarketCap, suceso que vuelve al bitcoin atractivo para los inversionistas, ya que a mediados de diciembre valía tan solo 20,000 dólares, es decir, se triplicó su valor.

“Los cheques de estímulo estadounidenses permitirán a los pequeños inversores poner una parte de sus fondos en el bitcoin

Naeem Aslam
Analista de AvaTrade

El crecimiento exponencial de la criptomoneda preocupa a algunos observadores del mercado, que no excluyen una fuerte corrección, incluso la explosión de una burbuja.

Si bien algunos desconfían de la volatilidad del mercado del bitcoin, otros estiman que la situación es muy diferente de 2017, cuando los precios habían subido con un impulso aún mayor antes de estrellarse a principios de 2018.

Además de los fondos de inversión y algunas empresas como el fabricante de automóviles estadounidense Tesla, con una multimillonaria inversión en la criptomoneda, muchos particulares compran fracciones de bitcóin, aprovechando las numerosas plataformas que han florecido en los últimos años.

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LA REFORMA ELÉCTRICA 2021

R. Luis Calderón Bello

En un intento por dejar su huella en el sector energético de México, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, está haciendo retroceder las reformas de su predecesor Enrique Peña Nieto que fueron diseñadas para aumentar la competencia en el mercado energético.

Durante años, el mercado energético de México estuvo en declive debido a la falta de inversión extranjera y precios competitivos, desafíos de gobernabilidad, restricciones de capital y una caída en la producción de petróleo crudo. Peña Nieto buscó revertir esta tendencia con ambiciosas reformas que requerían enmendar la Constitución de México para permitir la muy necesaria inversión extranjera directa. Pero en su impulso populista, AMLO ha criticado esta apertura del mercado y buscó aumentar el papel de la intervención estatal en los mercados energéticos de México.

A través de un proyecto de ley reciente, que pasó cómodamente por el Congreso el 2 de marzo de 2021, AMLO está cumpliendo su promesa de hacer cambios a la Ley de la Industria Eléctrica al poner más poder en manos de los reguladores estatales. Los cambios son lo suficientemente importantes como para haber generado una amplia oposición de expertos en energía, activistas ambientales, inversores y asociaciones empresariales.

 Si bien se suponía que la ley entraría en vigor dentro de seis meses, los tribunales de distrito en materia administrativa han dictado una suspensión temporal de la implementación hasta que se pronuncien sobre la constitucionalidad de la ley. AMLO confía en que, si la disputa se intensifica, la Corte fallará a su favor, pero si lo hace, es probable que genere más discordia entre México y sus inversionistas extranjeros, y se sume a una situación ya tensa entre Estados Unidos y México; la relación con la Representante de Comercio de Estados Unidos, Katherine Tai, poniendo énfasis en hacer cumplir las reglas comerciales existentes, y la presión del Congreso probablemente aumentará, el proyecto de ley eléctrica podría desencadenar un litigio internacional si no se resuelve en los tribunales de México.

La ley ordena que el operador del sistema independiente de México para el mercado eléctrico, el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), que administra el sistema eléctrico nacional, cambie el orden en el que se envía la electricidad a la red para atender a los grandes consumidores. Actualmente, estos consumidores adquieren energía a través de un mercado mayorista conformado por empresas privadas y la empresa estatal de energía, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) se dedica a la generación, transmisión, distribución y venta minorista de electricidad. El CENACE entonces autoriza el envío de la energía más barata disponible de estos productores. Excluyendo las plantas hidroeléctricas, geotérmicas y nucleares, que no tienen la capacidad combinada para satisfacer la demanda, los generadores solares y eólicos privados y las plantas de gas natural representan las fuentes más baratas disponibles.

Desafiando la independencia de la gestión eléctrica del país, la nueva ley de AMLO exige que el CENACE despache la electricidad de acuerdo con un orden fijo:

  1. Plantas hidroeléctricas
  2. Plantas nucleares y geotérmicas propiedad de CFE
  3. Plantas de gas natural propiedad de la CFE
  4. Plantas de carbón y combustibles propiedad de la CFE
  5. Plantas de gas natural operadas en forma privada bajo contrato con CFE
  6. Sistemas de generación eléctrica eólica y solar
  7. Plantas privadas de gas natural no contratadas por CFE.

Esta orden parece discriminar a la mayoría de los generadores de electricidad privados a favor de la CFE de propiedad estatal. Si se implementa, este aspecto de la legislación podría ser impugnado en tribunales internacionales por dar preferencia a una empresa de propiedad estatal (ya se está impugnando en los tribunales nacionales).

Además, la legislación socava las protecciones para las empresas privadas que ingresaron a la industria antes de la promulgación de las reformas energéticas. A partir de 1992, estas empresas pudieron generar electricidad para sus asociados, incluidas grandes empresas industriales como Ford, Continental y Hershey’s, y como contratistas de CFE de forma limitada. Cuando la Ley de la Industria Eléctrica revisó el marco legal que gobierna la industria en 2014, los permisos y contratos obtenidos por estas firmas fueron protegidos hasta su fecha de vencimiento original. Pero la reforma de AMLO ahora prevé su posible cancelación en un lapso de 6 meses, en caso de que una revisión de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la CFE encuentre que estos permisos y contratos son “fraudulentos” o no “rentables”.

Con su mandato presidencial llegando a su fin en 2024, López Obrador tiene algunos años para dejar su huella en la política mexicana y cimentar su legado contra lo que él dice ser la “larga pesadilla neoliberal” de México. Una parte clave de esto es su cruzada contra las reformas energéticas. El hecho de que el partido de AMLO, Morena, siga siendo muy popular y pueda obtener otra mayoría en el Congreso de México en las elecciones de mitad de período de junio, le da a AMLO pocas razones para alejarse de sus controvertidas políticas.

No es probable que AMLO ceda fácilmente a la presión internacional para cambiar su enfoque, por lo que el mejor resultado que podemos esperar es una resolución nacional mediante la cual los tribunales mexicanos declaren inconstitucional la ley. Pero en caso de que esto no suceda, Canadá y Estados Unidos, como vecinos de México y socios comerciales más cercanos, tendrán que plantear el tema a AMLO directamente para asegurarse de que sus acciones no pongan en peligro los duros logros de las reformas energéticas y el futuro de México.

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CAMBIOS EN MATERIA DE PATENTES

R. Luis Calderón Bello

La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial entró en vigor a partir del 5 de noviembre de 2020. El decreto que expide esta ley fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2020, en respuesta a los USMCA y el Tratado Integral y Progresista de Asociación Trans Pacífico (“CPTPP”). Esta nueva ley abroga y reemplaza la Ley de la Propiedad Industrial. En pocas palabras, esta nueva ley hizo ajustes al sistema de patentes:

  • Nuevos usos: la patentabilidad está permitida para cualquier sustancia, componente o composición comprendida dentro del estado de la técnica, siempre que su uso sea nuevo.

No patentabilidad: se proporciona una lista de invenciones no patentables, que incluye:

  1. Las invenciones cuya explotación comercial contravenga el orden público o cualquier disposición, incluidas aquellas para las que se impedirá la explotación para proteger la salud o vida de individuos, animales o vegetales, o para evitar daños severos al medio ambiente;
  2. Variedades vegetales y razas animales, excepto microorganismos;
  3. Procedimientos esencialmente biológicos para obtener vegetales o animales o productos;
  4. Métodos para el tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal y métodos de diagnóstico que se les aplican;
  5. El cuerpo humano en los diferentes estados de su desarrollo, así como el simple descubrimiento de uno de sus elementos, incluida la secuencia total o parcial de un gen
  • Doble Patentabilidad: el IMPI velará por el dominio público e impedirá la doble patente del mismo invento.
  • Cláusula bolar: el derecho conferido por una patente no tendrá efectos contra terceros que utilicen, fabricar, ofrecer para vender o importar un producto con patente vigente, exclusivamente para generar pruebas experimentales, información y producción necesaria para obtener los registros sanitarios de medicamentos para la salud humana.
  • Solicitudes divididas: las solicitudes divididas pueden presentarse voluntariamente, siempre que la solicitud inicial se encuentre en trámite y hasta dos meses después de la concesión de la patente o del registro, antes del pago de las tasas gubernamentales correspondientes por la emisión del certificado y anualidad relevante o según lo solicitado por IMPI como parte del examen de fondo. Las solicitudes divisionales no pueden consistir en la división de otras solicitudes divisionales, excepto cuando se solicite por IMPI, y deben presentarse simultáneamente.